En un Café de Ciudad Vieja …
Allá por Ciudad Vieja, de nuestra capital, en un tranquilo lugar llamado Caffé Arte, mantuvimos una reunión de bienvenida con un grupo de libertarios y conservadores, en una fría noche de principios de julio.
El la oportunidad surgió el debate del salario mínimo (SM), una ley presentada como gran conquista del movimiento sindical y un instrumento de protección al trabajador, sin embargo, la realidad dista mucho de ese relato.
Un constructor presente contó su experiencia, no puede contratar a quien, necesita el trabajo y está dispuesto a recibir un pago menor al legal permitido; sólo porque al burócrata se le ocurre que dos adultos no son libres de acordar en sus propios términos.
Explicaré conceptos económicos elementales entorno a la mencionada ley, algunos datos para mayor ilustración, y seis de sus efectos nocivos: desempleo, informalidad, distorsión de precios, favoritismo a grandes empresas, intervencionismo creciente y desplazamiento del empleo.
No es un piso, es una barrera
El economista anarcocapitalista Walter Block, plantea que el SM no es un piso sino una barrera, idea que presentó Hayek antes, que impide a los trabajadores menos productivos ingresar al mercado formal.
Si un trabajador no logra demostrar un nivel de productividad que lo justifique, queda condenado al desempleo, al mercado informal, o a esperar una limosna del estado, consecuencias de esa intervención estatal.
Si los empresarios buscan pagar lo menos que puedan, y el gobierno intenta “protegernos” con los laudos, entonces todos deberíamos cobrar el mínimo, pero no es lo que se ve en nuestros países.
En cambio, en países con estado “ultra presente” como Cuba o Venezuela, ese mínimo llega en ocasiones hasta los 5 dólares mensuales. Pensar que algunos refieren a la explotación en el capitalismo.
Otra vez, la realidad “matando” el relato popular del “poder desigual” del empresario, no cobramos todos el mínimo legal, las empresas compiten por los trabajadores, porque los necesitan; somos su recurso escaso.
Desequilibrio resultante, desempleo involuntario
EL salario es un precio más de la economía, determinado por principios económicos fundamentales, la interacción entre oferta y demanda.
La oferta, personas dispuestas a vender su ocio a determinado precio para obtener bienes a cambio; y demanda, ingreso del producto marginal del trabajo para el empresario.

Cuando esa base legal queda sobre el nivel de equilibrio, se genera exceso de oferta de trabajo, es decir desempleo involuntario, personas que, dispuestas a trabajar por un salario menor, no pueden hacerlo debido a la prohibición estatal.
Fenómeno que explicó claramente Ludwig von Mises en La acción humana (1949), donde señala que cualquier precio fijado por encima del nivel de mercado tiende a producir desequilibrios vía excedentes.
Así el desempleo es generado principalmente respecto de los trabajadores menos calificados, puesto que los empleadores no podrán contratar a aquellos cuyo valor productivo es inferior al decretado.
El remedio peor que la enfermedad
Como cualquier intervención estatal, el SM genera una asignación ineficiente de recursos; provocando desempleo juvenil, de personas con menor calificación o menor productividad.
Para “solucionar” este problema, el Estado ofrece subsidios a empresas que contraten jóvenes, mayores y/o discapacitados; o algún otro grupo de interés político.
Así surge un problema causado por el gobierno, pero se culpa a una falla del mercado, y se exige otra intervención mayor, cuando la realidad es que son los políticos, no el mercado, quien provoca la distorsión.
Más intervención empeora el problema, siempre. En aspectos de acción humana, si el diagnóstico de un resultado es equivocado, cualquier curso de acción sólo podrá empeorar aquella situación.
Subsidios en Uruguay y tasas de desempleo.
Nuestra legislación cuenta con un régimen legal (Ley 19.973 y Decreto 308/021) que subsidia formalmente la contratación de jóvenes, de adultos mayores y personas con discapacidad.
El financiamiento oficial anual supera los 17 millones de dólares (referencias al pie) y aunque incluye beneficios importantes, su alcance queda acotado por límites administrativos y restricciones legales.
Por otro lado, el desempleo nacional actual, a mayo 2025, es del 7,9%. Pero por departamentos, Treinta y Tres presenta la tasa mayor 16,5% y sus vecinos en Cerro Largo, la más baja del país en 4,8%.
El empleo no registrado o informal general es de 22,7%, y va desde el máximo del 44% en Cerro Largo, al menor valor del 15% en Montevideo.
Subsidios de privilegios
Los subsidios suelen beneficiar principalmente a las grandes empresas, las pequeñas y microempresas, en cambio, quedan fuera, reforzando la concentración y perjudicando a los emprendedores.
Las que cuenten con ventajas organizativas y legales podrán acceder al subsidio, ya que estructuras más pequeñas que pueden beneficiarse de no existir la norma legal, quedan excluidas por el privilegio.
El Estado primero impone restricciones, luego ofrece “soluciones” financiadas con recursos extraídos de los mismos ciudadanos.
Bastiat decía: “El Estado es la gran ficción a través de la cual todos tratan de vivir a expensas de todos los demás”.
La famosa metáfora de que el Estado primero te rompe las piernas y luego te regala muletas compradas con tu dinero, aplica perfectamente.
Desplazamiento del trabajo y Racionalización del empleo
Hayek también alerta sobre la reacción empresarial al aumento del salario por decreto.
Ante salarios fijados artificialmente altos, las empresas automatizan o reducen plantilla. Esto favorece a las firmas grandes con recursos para adaptarse, a la vez que reduce oportunidades laborales.
El mercado reacciona ante los desvíos y buscará asignar los recursos a su mejor uso, algo que comúnmente se llama ajuste.
Si el estado no es apartado, el ajuste automático del mercado, recaerá sobre la población, al intentar llevar los recursos a su mejor uso.
El estado contra el derecho individual, denigrando al vulnerable.
Friedrich Hayek indica que ese precio artificial del trabajo interfiere con la libertad de las personas para negociar sus propios contratos conduciendo a resultados no deseados, como la exclusión de los más vulnerables.
El trabajador quiere obtener el salario más alto posible, y pagar lo menos que se pueda por los bienes que consume. El empresario quiere pagar lo menos posible a sus empleados y cobrar el mayor precio por sus productos.
Todo ocurre en el marco de acuerdos voluntarios, base fundamental del intercambio en un mercado libre.
La narrativa de que el trabajador está “desprotegido” presupone que no puede negociar, ignorando la libertad de contrato y su derecho a que le dejen elegir.
El único derecho real es el negativo, que el gobierno no nos prohíba vivir del fruto de nuestro esfuerzo, el resto, los derechos positivos son un engaño socialista, en otra oportunidad profundizaré.
El estado aparece y por la fuerza le prohíbe al individuo el derecho a ganar lo que su capacidad le permite, privándole además a la comunidad de beneficiarse de los modestos servicios que aquel es capaz de rendir. (Hazlitt, H. Economía en una Lección).
Los políticos así condenan a la persona, contra su propia dignidad, a penosos trámites por la limosna estatal, que proviene de otra acción indigna, algún impuesto, que es saqueo a la población.
Conclusión
El salario mínimo no es un logro para los trabajadores, sino una barrera que impide a muchos acceder al empleo formal.
La prosperidad no puede ser decretada, el gobierno no puede anular por decreto la ley de la economía, como indicaba Eugene Böhm-Bawerk.
Solo con verdadera libertad consistente en permitir acuerdos voluntarios, incluso a salarios menores, si ambas partes lo consienten, podremos volver a la prosperidad.
Es preferible un salario menor a estar desempleado por culpa de una ley paternalista que crea exclusión y desigualdad real.
El trabajo es uno de los recursos escasos de la sociedad, y el desempleo involuntario se debe en mayor medida a regulaciones estatales que impiden la asignación de los factores económicos a su mejor uso.
Hay paises desarrollados que notienen sistema de salario mínimo legal nacional, Suiza, Italia, Austria, Noruega, Dinamarca son algunos ejemplos.
Referencias:
Orígenes de la ley de salario mínimo nacional:
Ley Nº 10.449 (de 1943): Esta es la primera norma uruguaya que establece mecanismos formales de fijación de salarios mínimos.
Crea los Consejos de Salarios, integrados por representantes del Estado, empresarios y trabajadores. Su función principal era fijar salarios mínimos por ramas de actividad mediante acuerdos tripartitos. Aunque no establecía un salario mínimo nacional único, sí instauró salarios mínimos por sector, lo cual fue un paso fundamental.
Ley Nº 12.590 (de 1958): Modifica aspectos de la ley anterior y reafirma el rol de los Consejos de Salarios. Se continúa con la lógica de salarios mínimos sectoriales, no de un valor nacional unificado.
Decreto-Ley Nº 14.159 (de 1974): Es la primera disposición que establece el Salario Mínimo Nacional (SMN) como un monto único y general para todos los trabajadores.
Ley 19.973-Promoción del empleo para jóvenes, mayores de 45 años y personas con discapacidad: https://www.bps.gub.uy/19303/promocion-del-empleo-para-jovenes-mayores-de-45-anos-y-personas-con-discapacidad—ley-19973.html
Medidas del mercado de trabajo uruguayo a mayo de 2025, según INE: https://www5.ine.gub.uy/documents/Demograf%C3%ADayEESS/HTML/ECH/Mercado%20de%20trabajo%20por%20%C3%A1rea%20geogr%C3%A1fica/2025/Bolet%C3%ADn_departamental-Marzo-Mayo%202025.html
Países sin salario mínimo legal nacional:
Suiza: Votó varias veces en referéndum para no establecer un salario mínimo. Solo algunos cantones (como Ginebra y Neuchâtel) lo tienen.
Italia: Se usa negociación colectiva.
Noruega: Negociación por sector
Austria, Suecia y Dinamarca: Contratos colectivos muy extendidos.
Otros países no europeos: Singapur, Emiratos Árabes Unidos, Papúa Nueva Guinea, Sudán del Sur
Bibliografía recomendada
Bastiat, F. (1850). La ley. Fundación para la Educación Económica.
Block, W. (2008). Defending the Undefendable. Scholars’ Edition.
Hazlitt, Henry (1946). Economía en una Lección.
Hayek, F. A. (2009). Sindicatos, ¿Para qué? Unión Editorial
Hayek, F. A. (1959). Sindicalismo y orden económico. Unión Editorial.
Mises, L. von (1949). La acción humana. Unión Editorial.





Este articulo es bien profundo y fundamentado, y parece estar mas alla del alcandce de la inteligebcia del politico POPULISTA medio de nuestros países.
A mi me rompía la cabeza desde hace muchos años atrás, hasta que ví unos videos de M.Friedman (que aun se pueden ver en youtube) y lo aclaró con esos mismos argumentos.
Antes aún habia leido que el desempleo en el SXIX era cero!….simplemente porque no existia el Estado de Bienestar. O trabajabas o no comías, era asi. Te despedían de un sitio y al otro día ya trabajabas en otro lugar, o a la noche no parabas la olla.
Creo que nos hemos pasado al otro lado, donde ahora les sirve no trabajar, abusar del seguro de paro, etc. En fin, pensamientos que uno tiene…
Gracias por sus comentarios. Ayn Rand también decía, en una economía libre no hay crisis.
Fuera de los problemas por desastres naturles, todoas las crisis actuales son provocadas por la intervención del gobierno en el mercado de dinero que traslada los desequilibrios a la economía real.
Claramente explicado.
Recién entiendo por qué me hacía ruido el salario mínimo. Cada día voy aproximándose más al liberalismo.
Gracias por comentar, agregué al final, algo que me parece relevante, paises ricos que no tienen leyes de salarios mínimos. Inclusive Suiza en dónde la población eligió, por consulta popular, no tener esa legislación.
Una vez más, genial el aporte de Gonzalo. Gracias por ser tan específico y ayudarnos a entender más claramente dónde están las dificultades en nuestro mercado y cuáles son las alternativas que existen y están al alcance.
Coincido con el análisis, como ecuatoriano vivimos los nocivos efectos del control estatal en los precios del empleo, mucho desempleo, fuga de empresas grandes países como Perú por una estructura de costos laborales muy alta, prohibición de trabajar menos del sueldo mínimo menores de edad. Si el país tiene un costo hora muy alto la producción se va países donde la eficiencia y la tecnología está desarrollada afectando a los más vulnerables. Gracias Gonzalo por tocar este punto que debería ser objeto de análisis profundo y cambiar la legislación en pro del bien colectivo.